Jurista argentina afirma que garantías constitucionales deben traducirse en tutela efectiva de los derechos fundamentales

La jurista e investigadora argentina María Sagüés afirmó que las garantías constitucionales se materializan cuando trascienden el plano normativo y se traducen en una tutela efectiva de los derechos fundamentales permitiendo a las personas defenderse plenamente ante una autoridad competente.

Al dictar la conferencia, «El debido proceso en el derecho internacional de los derechos humanos», en el marco VI Congreso Internacional sobre Derecho y Justicia Constitucional organizado por el Tribunal Constitucional (TC), la catedrática de la Universidad Austral precisó que las garantías que hoy protegen a los ciudadanos en los procesos penales son fruto de una evolución constitucional y del creciente reconocimiento de los derechos humanos a nivel internacional.

«Las garantías no se satisfacen mediante su reconocimiento meramente formal: deben operar de modo que la persona tenga una posibilidad real de defenderse y de obtener una decisión adoptada por un órgano jurisdiccional legítimo», manifestó en el Congreso que reúne en el país a especialistas nacionales y extranjeros en torno a un tema esencial: el debido proceso constitucional en materia penal.

Sagüés expuso que el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) va más allá de la existencia de recursos judiciales, pues comprende el conjunto de condiciones y reglas procesales necesarias para garantizar una defensa efectiva frente a cualquier actuación estatal que afecte sus derechos.

La especialista en derecho constitucional indicó que entre estas garantías se encuentran la presunción de inocencia, el derecho a ser oído, la independencia e imparcialidad del juez, el derecho de defensa, la prohibición de autoincriminación y el conocimiento de la acusación.

Dijo que este marco tutelar contempla también la asistencia técnica, el tiempo y medios para preparar la defensa, el contradictorio probatorio, el derecho a recurrir el fallo, la publicidad del juicio, el principio de non bis in idem (que prohíbe juzgar o sancionar a una persona dos veces por un mismo hecho), el plazo razonable y la decisión motivada.

La conferencista señaló que la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) permite comprender el debido proceso penal como un sistema integral de mecanismos de protección frente al poder punitivo del Estado.

«La garantía no se encuentra aislada, sino que se nutre de otros elementos basales del sistema, tales como el acceso a justicia, la tutela judicial efectiva, y el principio de legalidad», expuso.

Sagüés precisó que, para la aplicación y consolidación efectiva de estos estándares, la jurisdicción constitucional de los Estados dispone de mecanismos tanto positivos como negativos. Entre los primeros figura la interpretación conforme al orden convencional; entre los segundos, la inaplicación o invalidación de normas internas y el control de inconvencionalidad por omisión.

En su exposición, la catedrática hizo referencia a algunos casos que fueron conocidos por la Corte IDH, como el de Castillo Petruzzi y otros vs. Perú, en el que la Corte consideró que el juzgamiento de civiles por tribunales militares vulneraba el principio de juez natural.

«La persona sometida a un proceso penal tiene derecho a ser juzgada por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley. Estas exigencias constituyen garantías estructurales contra la arbitrariedad», expresó.

Otro de los casos mencionados fue el de Cantoral Benavides y Ricardo Canese vs. Paraguay, sobre el cual la Corte señaló que frente a prueba incompleta o insuficiente no corresponde condenar, sino absolver; es decir, la carga de acreditar la responsabilidad no puede trasladarse al acusado.

«No basta la existencia formal de normas procesales: su aplicación debe colocar efectivamente a la persona en condiciones de defenderse. El debido proceso se relaciona, por ello, con el acceso a la justicia y con la obligación estatal de organizar procedimientos capaces de producir decisiones justas», manifestó Sagüés.

El Tribunal Constitucional (TC) celebró el VI Congreso Internacional sobre Derecho y Justicia Constitucional con el tema «El debido proceso en materia penal». El encuentro propició el análisis de las garantías que intervienen en el proceso penal y su relación con los derechos fundamentales, el derecho y la justicia constitucional.

Durante tres días, juristas, magistrados y especialistas procedentes de Argentina, Costa Rica, España, Estados Unidos, Alemania, Perú, Puerto Rico, Colombia y República Dominicana intercambiarán experiencias, criterios y buenas prácticas sobre los principales desafíos que plantea el debido proceso en materia penal.